jueves, 10 de marzo de 2011

familias jurídicas

“Familias Jurídicas”

En este tema lo primero es analizar el nombre, familias jurídicas o sistemas jurídicos.
Los sistemas jurídicos son el Derecho de un país, son los sistemas de normas coercibles, esto se refiere a que son de imposición forzosa por parte del Estado, el Estado es la organización social con soberanía, es decir que tienen la capacidad de autodeterminación, es un poder supremo.
Las familias jurídicas son los sistemas jurídicos que tienen un parentesco y por tal motivo se puede establecer una relación, son los grupos de sistemas jurídicos con antecedentes históricos, los cuales tienen como características similares las instituciones jurídicas, estas son los núcleos o figuras delimitadas por el conjunto de normas que regulan el modo que han de ser acatadas, por ejemplo: la adopción, el matrimonio, el divorcio, los contratos.
Con estas dos aproximaciones a las definiciones de sistemas jurídicos y familias jurídicas, creo que es mas adecuado utilizar el segundo concepto porque no vamos a analizar el Derecho de cada país, vamos a estudiar de que manera se pueden agrupar los sistemas jurídicos dependiendo de los antecedentes históricos y de sus características similares, además de sus instituciones, con estos elementos podremos agrupar las familias jurídicas.
Las familias jurídicas se pueden agrupar en:
1)    Neo romanista.
2)    Anglosajón, jurisprudencial, consuetudinario o common law.
3)    Musulmán.
4)    Socialista.
5)    Mixtos. Aquellos sistemas que se forman por dos o más familias jurídicas.
6)    No clasificados. Se refiere a los sistemas que no pueden ser considerados en algún grupo de familias jurídicas porque su origen o sus instituciones no comparten las características de los otros sistemas.

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